martes, 1 de noviembre de 2011

VISITA AL PALACIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

Castro Mondragón Monserrat
González Corrales Edith
11:00-12:20.




En nuestra visita al Palacio del Poder Judicial de la Federación edificio sede en San Lázaro, a nuestra llegada nos dirigimos al modulo de acceso a la información púes este depende de la comunicación social de la Suprema Corte, en el cual estaba el licenciado Contreras Yaca que era egresado de la UNAM de la Facultad de Derecho, que muy amablemente nos dio informes sobre cómo se encontraba estructurado el palacio y que es lo que principalmente se hacía en éste.
Donde nos dijo que la suprema corte es la cabeza la cual conoce de acciones de inconstitucionalidad los cuales son procedimientos tramitados ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los que se denuncia la posible contradicción entre normas de carácter general o tratados internacionales, por una parte, y la Constitución Federal, por la otra, con el objeto de invalidar la norma general o el tratado internacional impugnados para que prevalezca los mandaros constitucionales y controversias que son las que interpone otra autoridad u otro ente público porque consideran que están invadiendo su esfera de competencia donde puede ser un municipio vs otro municipio o un estado vs otro estado, por lo que solo ellos pueden promover la controversia de inconstitucionalidad. Las acciones de inconstitucionalidad las pueden promover los entes públicos (las autoridades) como Comisión Nacional de Derecho Humanos (CNDH), el Procurador General de la Republica (PGR); la corte no ve si está bien o está mal, lo que la corte ve es que las leyes que se emiten en tal estado se ajustan a la Constitución general.
Menciono que en los Juzgados de Distritos son los órganos jurisdiccionales de primera instancia, están a cargo de un Juez de Distrito, quien es auxiliado por secretarios, actuarios y otros empleados, sus funciones son de conocer de las controversias que se susciten con motivo del cumplimiento o aplicación de leyes federales en las materias civil, penal y administrativa, resolver juicios de amparo indirecto en materia civil, penal, administrativa y laboral. También nos comento que los Tribunales de Circuito pueden ser: Colegiados cuando sus integrantes son tres Magistrados; o Unitarios cuando el titular es un solo Magistrado, actualmente existen 32 circuitos judiciales en el territorio nacional.
En los Tribunales Colegiados de Circuitos están integrados por tres Magistrados, en su trabajo son apoyados por un secretario de acuerdos, secretarios proyectistas, actuarios y otros empleados son competentes para conocer los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, por violaciones cometidas en ellos o durante la secuela del procedimiento, los recursos que procedan contra autos y resoluciones que pronuncien los Jueces de distritos, Tribunales Unitarios de Circuito o el superior del tribunal responsable, cuando, entre otros casos, desechen una demanda de amparo o concedan o nieguen la suspensión definitiva.



Los Tribunales Unitarios de Circuitos son los que están integrados por un solo Magistrado, el cual es auxiliado en sus labores por secretarios, actuarios y otro empleados, tienen encomendado resolver fundamentalmente los juicios de amparo contra actos de otros Tribunales unitarios de Circuito que no constituyan sentencias definitivas, Apelaciones de juicios(excepto el de amparo) que se hayan tramitado en primera instancia ante los Juzgados de Distrito, esto significa que son tribunales de segunda instancia en materia de juicios federales, el recurso de denegada apelación que se interpone cuando un Juez de Distrito no admite una apelación, conflictos de competencia entre jueces de Distrito y la calificación de impedimentos y excusas, excepto en los relativo a juicios de amparo.




Nos mencionó que la Corte trabaja con 11 ministros, los cuales trabajan en dos salas, una sala civil y penal que es el número 1 y sala 2 que es la de derecho administrativo donde se llevan a cabo juicios administrativos y laborales. Después vienen los tribunales colegiados en todas las materias laboral, administrativa, penal y civil, en donde menciono que ahí en esa sede se encontraban los tribunales colegiados civiles, los tribunales colegiados en materia laboral y dijo que en revolución se hallaban los tribunales colegiados en materia penal y en las flores por televisa se hallan los tribunales colegiados en materia administrativa.
En los juzgados civiles más o menos hay un promedio de 70 personas, las cuales tiene mucho trabajo, entre estas personas están el juez, los secretarios auxiliares que se dedican auxiliar a otros juzgados, los secretarios proyectistas que son los que redactan las sentencias, los amparos y hay como 30, y hay oficiales que son los que ayudan a los secretarios a hacer las sentencias, hay 4 actuarios en cada juzgado, hay una oficialía de partes donde estos llevan libros de gobierno y de registro de amparo, y aparte hay una persona que se dedica a publicar todas las resoluciones en internet que es el cise, esto puede ser checado desde el portal del Consejo de la Judicatura y ponerle en ver acuerdo de una sentencia, así puedes ver los acuerdos de un tribunal, pero no se pueden ver los acuerdos hasta que no estén suprimidos los datos personales pues de otro modo se estaría quebrantando la ley de protección de datos, por lo que al publicar una sentencia se deben de suprimir todos los datos. El juez revisa los asuntos, los firma y se publican.
Cada juzgado esta 8 días de turno, para los asuntos urgentes hay un juzgado que esta de turno por lo cual solo si se tiene un asunto importante se puede acudir a este a cualquier hora a presentar un amparo, sobre todo cuando se trata de detenciones o de privación de la libertad.
Los juzgados civiles también conocen también de asuntos civiles federales, ejecutivos mercantiles ordinarios, civiles, federales; ordinarios mercantiles federales; especial de fianzas; juicios concursales que son los de quiebra (ejemplo. Dijo que ahorita estaba en el juzgado 11 de amparo en materia civil la quiebra de mexicana de aviación).
Los Tribunales Colegiados se componen de 3 magistrados en materia civil, laboral, administrativa y penal, cada magistrado tiene dos o tres secretarios que proyectan, los tres magistrado se reúnen cada 8 días en una sesión en donde discuten entre ellos y se firman las discusiones pero no salen al público, sin embargo en la Corte si salen al público.
Los medios de difusión es el canal judicial canal 120 a las 10pm, pasan lo que sucede en el día durante las sesiones que son públicas, aquí hizo hincapié en que los colegiados no son públicas las sesiones.





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